1 – 2 personas
99 €/año + IVA
Implantación inicial 149 € + IVA (pago único)
- 1 sesión de formación
- Soporte: Correo
- Revisión anual del protocolo: Bajo petición
Desde 1 trabajador, sin límite superior de plantilla. El primer año incluye la implantación completa; desde el segundo se paga el mantenimiento anual. Todos los importes son sin IVA. La facturación es anual.
El TJUE (asunto C-55/18) pide un sistema objetivo, fiable y accesible. Eso va en todos los tramos: hora de servidor, correcciones que no borran el original e informe exportable. Guía del registro · Calculadora
Solo se computan las personas obligadas a registrar jornada. Administradores, socios sin relación laboral y la asesoría pueden acceder sin coste ni límite de usuarios.
99 €/año + IVA
Implantación inicial 149 € + IVA (pago único)
149 €/año + IVA
Implantación inicial 199 € + IVA (pago único)
199 €/año + IVA
Implantación inicial 299 € + IVA (pago único)
299 €/año + IVA
Implantación inicial 399 € + IVA (pago único)
Si ya es cliente de RNOVA Security en protección de datos: no abona la implantación inicial. Durante el primer año paga únicamente la cuota anual de mantenimiento.
Si aún no es cliente de RNOVA Security: el primer año abona únicamente la implantación inicial; la cuota de mantenimiento de ese primer año está incluida. A partir del segundo año se aplica la cuota anual de mantenimiento correspondiente.
¿Más de 20 personas? Consúltanos.
Todos los importes son sin IVA. La facturación es anual. El criterio de licencias DAKOKU no sustituye los criterios legales de cómputo de plantilla para otras obligaciones laborales.
Sin mínimos de usuarios, sin cuota base, sin cargo por informes ni por exportaciones.
No hay alta autoservicio ni prueba sin acompañamiento. La prueba se solicita y se prepara contigo: determinar quién debe fichar en cada empresa requiere criterio, no un formulario.
Casos que requieren estudio. Empresas con estructura societaria compleja, varios convenios, personal desplazado o relaciones laborales especiales: consúltanos y valoramos el caso.
Los precios de mantenimiento se revisan anualmente conforme al IPC.
Todos los importes son sin IVA. La facturación es anual.
El primer año incluye la implantación: configuramos tu empresa, damos de alta a tu equipo, determinamos quién debe registrar jornada y por qué, formamos al administrador y entregamos la documentación laboral. A partir del segundo año pagas solo el mantenimiento del servicio.
No. Solo computan las personas obligadas a registrar jornada. Los administradores sin relación laboral, los socios que no prestan servicios por cuenta ajena y tu asesoría acceden al sistema sin ocupar plaza.
Te avisamos cuando superes el tramo contratado y te proponemos el cambio. Nunca bloqueamos el sistema ni impedimos dar de alta a nadie: bloquear el registro de jornada sería crearte un problema legal.
La facturación es anual, en un único cobro. Los precios de mantenimiento se revisan cada año conforme al IPC. Si causas baja, exportas el histórico en JSON (y los informes en CSV/PDF). No hay borrado automático. Detalle en cancelación y portabilidad.
Sí, con una prueba acompañada. Damos de alta tu empresa y hacemos una sesión de puesta en marcha contigo. No ofrecemos alta autoservicio porque determinar quién debe fichar requiere criterio, no un formulario.
Toda persona con relación laboral por cuenta ajena, sin excepciones por modalidad de contrato ni por forma de trabajar. Lo que determina la obligación es la naturaleza jurídica del vínculo, no el cargo ni el régimen de Seguridad Social.
Depende del vínculo, no de la condición de socio. Un socio trabajador de una sociedad laboral tiene relación laboral indefinida por definición legal y sí registra. Un administrador cuya actividad se limita a las funciones del cargo está excluido del Estatuto de los Trabajadores. Hay casos mixtos que requieren análisis individual.
No. El propio artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores contempla expresamente la flexibilidad horaria, y la Ley 10/2021 lo reitera para el trabajo a distancia. Cambia cómo se registra, no si hay que hacerlo.
Depende de la figura. Un contrato formativo es un contrato de trabajo: registra jornada como cualquier trabajador. Un convenio de prácticas con universidad o centro formativo no es relación laboral, aunque el propio convenio suele exigir acreditar las horas.
Cuatro años desde cada jornada, y deben estar a disposición de las personas trabajadoras, de su representación legal y de la Inspección de Trabajo. Detalle en conservación de registros.
La ley no impone soporte, así que en abstracto sí. Pero el TJUE (C-55/18) exige que el sistema permita computar la jornada de forma objetiva, fiable y accesible, y una hoja de cálculo que cualquiera puede modificar sin dejar rastro tiene un problema con la fiabilidad. Lo desarrollamos en la guía del registro.
Los registros del periodo que decida examinar, individuales, completos y legibles. Suele contrastarlos con nóminas, cotizaciones y horarios. Dakoku genera ese informe directamente.
Dakoku no captura ni almacena datos biométricos. Es una decisión de diseño: la huella es categoría especial de datos y su tratamiento para control horario exige justificar necesidad y proporcionalidad. El fichaje se hace con acceso identificado (usuario y contraseña) desde el móvil o el ordenador. Criterio AEPD en biometría y huella.
Por defecto no: la geolocalización está desactivada. Si la empresa la activa, se usa solo en el momento del fichaje. El sistema puede comprobar si estás dentro del radio del centro y registrar latitud, longitud y precisión junto a la marca. El trabajador ve la información antes de fichar. Los tres modos, en geolocalización.
Sí, y queda constancia. El trabajador solicita la corrección con un motivo, el administrador la aprueba o rechaza, y el registro original nunca se sobrescribe: la corrección se añade con autor, fecha y motivo.
Cada persona ve sus propios registros. El administrador ve los de su empresa. Tu asesoría, si le das acceso, ve lo que necesita. Todos los accesos quedan registrados.
El administrador descarga un JSON del tenant (sin contraseñas ni MFA) y los informes en CSV/PDF. La baja bloquea el acceso y no borra la base. La supresión física solo se hace con instrucción escrita. La obligación de conservar cuatro años sigue siendo de la empresa. Procedimiento en cancelación y portabilidad.
Sí. RNOVA SECURITY, S.L.L. trata los datos de la aplicación por cuenta de la empresa cliente. El contrato (art. 28 RGPD), subencargados y medidas está en encargado.php.